martes, 5 de abril de 2011

Políticas de Código Abierto en Venezuela

     El 28 de diciembre de 2004, con la publicación en Gaceta Oficial N° 38.095 del Decreto N° 3.390 de fecha 23 de diciembre de 2004, el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela dispuso según el artículo 1 de este instrumento jurídico lo siguiente:
La Administración Pública Nacional empleará prioritariamente Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la Administración Pública Nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos.
     Con el precitado Decreto, el Estado estableció una clara orientación en relación a la política de código abierto y dio un paso decisivo para el impulso del gobierno electrónico en el país. En este orden de ideas, al observar los objetivos que persigue la implementación del gobierno electrónico, es notoria la relación que guarda éste con las consideraciones señaladas en el Decreto:
…la reducción de la brecha social y tecnológica en el menor tiempo y costo posibles, con calidad de servicio, se facilita con el uso de Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos,…
…la adopción del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos en la Administración Pública y en los servicios públicos facilitará la interoperatividad de los sistemas de información del Estado, contribuyendo a dar respuestas rápidas y oportunas a los ciudadanos, mejorando la gobernabilidad…
     Para comprender mejor las implicaciones que tiene la implementación de “Políticas de Código Abierto” por parte del Estado venezolano a través del Decreto N° 3.390, es necesario abordar los conceptos de software libre y de software de código abierto.  El software libre, muchas veces por la ambigüedad del idioma inglés se confunde con software gratis, según la definición presentada por Wikipedia “es la denominación del software que respeta la libertad de los usuarios sobre su producto adquirido y, por tanto, una vez obtenido puede ser usado, copiado, estudiado, modificado y redistribuido libremente”. El término software de código abierto, según el criterio de algunos autores surgió para eliminar la ambigüedad señalada con anterioridad, según Wikipedia es aquel “cuyo código fuente y otros derechos que normalmente son exclusivos para aquellas personas que poseen los derechos de autor, son publicados bajo una licencia de software compatible con la Open Source Definition o que forman parte del dominio público”.
     El empleo del software libre y el software de código abierto ofrece múltiples ventajas, las cuales se suman a las ya citadas como parte de las consideraciones del Decreto N° 3.390. En este orden de ideas, los beneficios que ofrece este tipo de software son los siguientes: bajo costo de adquisición, fomenta a nivel gubernamental el impulso de proyectos de desarrollo en el área de la informática, permite el escrutinio público al posibilitar a los usuarios incluir mejoras al sistema. Mención especial requiere el hecho que al implementar políticas de código abierto se está favoreciendo la innovación tecnológica, la cual a su vez reduce significativamente la dependencia de las grandes compañías productoras de software, por cuanto en la medida que van surgiendo nuevos requerimientos por parte del usuario, él mismo los va introduciendo permitiendo mantener las herramientas y aplicaciones constantemente actualizadas.
     A pesar de lo señalado anteriormente, este tema se debe tomar con mucho cuidado y detenimiento, debido a dos aspectos fundamentales: primero, tanto el software libre como el software de código abierto tienden a ser confundidos entre sí, y segundo por el hecho que el uso de ambos tipos de software lleva implícita una libertad condicionada. En relación al primer aspecto, es de tipo netamente técnico y no interesa ser abordado a los efectos el presente ensayo. En cuanto a la libertad condicionada que conlleva el uso de ambos tipos de software, en la práctica limita los alcances de la implementación de políticas de código abierto por parte del Estado. Lo anterior se desprende del hecho que para poder explotar al máximo este software es necesario que el usuario posea las competencias para el manejo de los códigos, lo cual requiere un conocimiento especializado, cuya capacitación y acreditación es costosa, razón por la cual está restringida a un sector reducido de la población. Un indicio de lo anterior, lo constituye el señalamiento extraído de la publicación en línea Software Libre en Venezuela (2011):
Vale destacar que Canaima GNU/Linux 3.0, un Software Libre Hecho en Socialismo, ha sido desarrollado en su totalidad por comunidades venezolanas especializadas, conjuntamente con instituciones del Estado, lo que significa un cambio de paradigma tecnológico que optimiza la forma como los colectivos y Gobierno participan en el proceso de creación colaborativa de Software Libre.



Referencias:
Bustamante, C. (2011). Disertación en relación al artículo "Open -Source Politics" Reconsidered: Emerging Patterns in Online Political Participation by Matthew Hindman. Actividad académica de la asignatura Gobierno Electrónico [programa de Doctorado en Ciencias Gerenciales]. Caracas: Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional.
Decreto N° 3.390 (2004, diciembre 24) [Transcripción en línea]. Disponible en: http://www.sencamer.gob.ve/files/webfm/Documentos/Software%20Libre/decreto3390.pdf [Consulta: 2011, abril 5]
Disponible nueva versión de prueba Canaima GNU/Linux 3.0. Software Libre en Venezuela. [Documento en línea].  Disponible en: http://www.softwarelibre.venezuela.net.ve/ [Consulta: 2011, abril 5]
Software de código abierto (2011). Wikipedia, la Enciclopedia Libre. [Enciclopedia en línea]. Disponible en: http://es.wikipedia.org/wiki/Software_de_c%C3%B3digo_abierto [Consulta: 2011, abril 5]
Software libre (2011). Wikipedia, la Enciclopedia Libre. [Enciclopedia en línea]. Disponible en: http://es.wikipedia.org/wiki/Software_libre [Consulta: 2011, abril 5]

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